Con el propósito de lograr una eficiente ejecución de la política exterior, la diplomacia ha creado una serie de instrumentos, recursos, mecanismos y estrategias que se han ido depurando mediante los resultados en su aplicación.
Entre estos instrumentos se encuentra el denominado “lenguaje profesional de la diplomacia”.
El lenguaje diplomático es una forma de expresión que facilita formular una advertencia seria, cuando proceda de conformidad con las normas de convivencia internacional, pues permite quedarse por debajo de la exacerbación en los casos en que ello convenga a los intereses del Estado que se representa.
Procede precisar que ciertos términos de uso frecuente en el lenguaje cotidiano adquieren una especial connotación en este campo.
Así ocurre, entre otros casos, con el término “preocupación”, que en el medio diplomático constituye “un llamado de atención” que amerita respuesta.
Asimismo, pero con implicaciones mayores, el denominado “llamado a consulta” al Jefe de Misión, que cuenta con normas de ejecución establecidas y cuyo uso está limitado a determinadas situaciones, por expresar “un significativo desacuerdo” de parte del Estado que aplica el procedimiento, que, si bien suele solventarse mediante negociaciones, podría también constituir el preámbulo de una situación más grave.
El interés en exponer determinados asuntos con la propiedad y el tacto requeridos ha determinado la adopción de una serie de “frases convencionales” que, por afables que puedan parecer, “poseen un valor de cambio conocido”.
Así, cuando un mandatario, un canciller o un embajador informa a otro gobierno que el suyo “no puede permanecer indiferente” ante determinada controversia, quiere significar que su gobierno intervendrá en esa disputa.
Si en su misiva o discurso emplea frases como: “El gobierno de mi país ve con inquietud” o “ve con grave inquietud”, entonces es claro que el gobierno que representa se propone adoptar una actitud enérgica en el referido asunto.
Si dice “en ese caso mi gobierno se sentiría inclinado a reconsiderar cuidadosamente su posición” quiere decir que la amistad está a punto de “quebrantarse”.
Cuando dice “el gobierno de mi país se siente obligado a formular reservas expresas con respecto de…” dice en realidad que “el gobierno de su país no permitirá”.
La expresión “en ese caso mi gobierno se verá obligado a considerar sus propios intereses” o “a declararse libre de compromisos”, indica que se prevé una alteración de las relaciones.
Si advierte a un gobierno extranjero que determinada acción de su parte sería considerada “como un acto no amistoso”, deben interpretarse sus palabras como una amenaza tácita para la adopción de medidas reconocidas por la comunidad internacional.
Asimismo, cuando dice que “se verá obligado a declinar toda responsabilidad por las consecuencias” quiere decir que está a punto de provocar un incidente que llevaría a la aplicación de medidas coercitivas. Y si pide, aun en los términos de la más exquisita cortesía, una respuesta, por ejemplo, para “antes de las seis de la tarde del día diez” su comunicación se considera entonces, con fundamento, un “ultimátum”.
Evidentemente, el uso “cuidadoso y selectivo” del lenguaje diplomático constituye un valioso recurso.
En cambio, su uso descuidado o por desconocedores puede otorgar a una situación determinada una gravedad de la que en realidad carece.